Andalucía: Ayudas Tercer Sector para Colectivos Vulnerables (2026)
Convocatoria 2026 de ayudas a entidades del Tercer Sector en Andalucía para soluciones habitacionales a colectivos vulnerables. Concurrencia no competitiva.
Contenido revisado el 29 de abril de 2026

Andalucía: Convocatoria de Ayudas para Soluciones Habitacionales a Colectivos Vulnerables - 2026
La Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda de la Junta de Andalucía ha publicado el Extracto de la Orden de 14 de abril de 2026, que formaliza la convocatoria 2026 para la concesión de ayudas a entidades del Tercer Sector. Estas ayudas tienen como objetivo principal facilitar una solución habitacional a colectivos especialmente vulnerables.
El régimen de concesión de estas ayudas es de concurrencia no competitiva, lo que significa que las entidades que cumplan los requisitos establecidos y presenten su solicitud dentro del plazo serán beneficiarias, siempre que exista crédito presupuestario disponible.
Destinatarios de las Ayudas
Las ayudas están dirigidas a entidades del Tercer Sector (asociaciones, fundaciones, etc.) que desarrollen su actividad en Andalucía y que acrediten su labor en la provisión de soluciones habitacionales para:
- Víctimas de violencia de género.
- Personas objeto de desahucio de su vivienda habitual.
- Personas sin hogar.
- Otras personas y familias especialmente vulnerables que se encuentren en situación de exclusión social o riesgo de padecerla.
Objetivos de la Convocatoria
El objetivo fundamental de esta convocatoria es garantizar el derecho a la vivienda de los colectivos más desfavorecidos, proporcionando apoyo a las entidades que trabajan directamente con ellos para ofrecerles un hogar digno y seguro. Las ayudas podrán destinarse a financiar:
- Costes de alquiler de viviendas.
- Gastos de mantenimiento y adecuación de inmuebles.
- Servicios de acompañamiento social y habitacional.
- Otras acciones que faciliten el acceso y la permanencia en una vivienda.
Requisitos para las Entidades Solicitantes
Las entidades interesadas deberán cumplir una serie de requisitos, que se detallarán en la Orden completa, pero que generalmente incluyen:
- Estar debidamente constituidas e inscritas en el registro correspondiente.
- Acreditar experiencia en la atención a los colectivos vulnerables objeto de la convocatoria.
- Disponer de la capacidad técnica y financiera para gestionar las ayudas y los proyectos.
- No estar incursas en ninguna de las prohibiciones establecidas en la normativa de subvenciones.
Proceso de Solicitud y Concesión
Al ser un régimen de concurrencia no competitiva, las solicitudes se tramitarán y resolverán por orden de presentación, siempre que cumplan con todos los requisitos y se disponga de crédito presupuestario.
El Extracto de la Orden de 14 de abril de 2026, publicado en el BOJA el 29 de abril de 2026, es el documento que inicia el plazo para la presentación de solicitudes. Los interesados deberán consultar la Orden completa para conocer los detalles sobre el importe de las ayudas, la documentación necesaria y el plazo de presentación, que suele ser de un mes a partir del día siguiente a la publicación del extracto.
Si tu entidad trabaja en la protección de colectivos vulnerables en Andalucía, esta convocatoria ofrece una valiosa oportunidad de financiación para fortalecer vuestra labor social.
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Preguntas frecuentes
¿A quién van dirigidas estas ayudas?
¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?
¿Qué colectivos vulnerables se incluyen?
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