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Convocatoria Concurso de Méritos Madrid 2026: 1 plaza vacante

Publicada la convocatoria para proveer un puesto vacante en la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales de Madrid por concurso de méritos.

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Convocatoria Concurso de Méritos Madrid 2026: 1 plaza vacante

Convocatoria de Concurso de Méritos en la Comunidad de Madrid 2026: 1 plaza vacante

La Comunidad de Madrid ha hecho pública una nueva vía de movilidad y provisión de puestos de trabajo. Según la Orden de 12 de febrero de 2026, publicada recientemente en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), se abre el proceso para cubrir un puesto de trabajo vacante en la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.

Este tipo de convocatorias son fundamentales para el desarrollo de la carrera profesional de los empleados públicos, permitiendo la ocupación de vacantes mediante la valoración de la trayectoria y competencias de los aspirantes, bajo los principios de igualdad, mérito y capacidad.

Datos clave de la convocatoria Información
Plazas 1 puesto vacante
Organismo Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Comunidad Comunidad de Madrid
Vía de acceso Concurso de méritos
Publicación oficial 24 de febrero de 2026

Requisitos para presentarse

Para acceder a este puesto de trabajo mediante el procedimiento de concurso de méritos, los candidatos deben cumplir una serie de requisitos generales y específicos en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias:

  1. Condición de funcionario: Ser funcionario de carrera de la Comunidad de Madrid o, en su caso, de otras administraciones si así lo prevé la Relación de Puestos de Trabajo (RPT).
  2. Situación administrativa: Encontrarse en servicio activo o en cualquier otra situación que permita la participación según la normativa vigente.
  3. Requisitos del puesto: Cumplir estrictamente con el grupo de titulación, nivel de complemento de destino y requisitos específicos que figuran en el anexo de la Orden para el puesto concreto.
  4. Permanencia: No haber sido removido de un puesto obtenido por concurso o libre designación en los plazos que marca la ley, salvo las excepciones previstas.

Proceso selectivo

A diferencia de una oposición convencional, el concurso de méritos no incluye exámenes de conocimientos teóricos, sino que se centra en la evaluación de la hoja de servicios y la formación del candidato. La comisión de valoración puntuará los siguientes apartados:

Valoración de méritos generales

  • Antigüedad: Años de servicio prestados en el cuerpo o escala y en la Administración Pública en general.
  • Grado personal: El nivel consolidado por el funcionario dentro de su carrera administrativa.
  • Trabajo desarrollado: Valoración del nivel y la responsabilidad de los puestos desempeñados anteriormente en relación con las funciones de la vacante.

Valoración de méritos específicos

En muchos casos, la convocatoria puede incluir una fase de méritos específicos donde se puntúa:

  • Cursos de formación: Diplomas y certificados de aprovechamiento en materias directamente relacionadas con las funciones del puesto (en este caso, gestión de asuntos sociales, juventud o familia).
  • Titulaciones académicas: Posesión de títulos superiores a los exigidos o especializaciones técnicas.
  • Publicaciones o docencia: Méritos relacionados con la investigación o la impartición de formación en el ámbito público.

Plazos y fechas importantes

La transparencia en los plazos es vital para no quedar excluido del proceso. Los hitos temporales marcados por la Orden de 12 de febrero de 2026 son:

  • Publicación en el BOCM: Martes, 24 de febrero de 2026 (Boletín nº 46).
  • Presentación de solicitudes: El plazo se inicia habitualmente al día siguiente de la publicación. Es imprescindible realizar el trámite de forma telemática a través del Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, utilizando certificado digital o DNI electrónico.
  • Resolución: Una vez finalizado el plazo y evaluados los méritos por la Comisión de Valoración, se publicará la lista provisional de puntuaciones, abriéndose un periodo de alegaciones antes de la resolución definitiva.

Cómo preparar esta convocatoria

Aunque no se trate de un examen de estudio intensivo, la preparación de un concurso de méritos requiere una estrategia documental impecable. Aquí te damos algunos consejos:

  1. Auditoría de méritos: Revisa tu expediente personal y asegúrate de que todos tus cursos y servicios prestados están correctamente inscritos en el Registro de Personal.
  2. Adecuación del currículum: Si la convocatoria permite la presentación de una memoria o currículum vitae, enfoca tu experiencia hacia las competencias que requiere la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
  3. Certificaciones: Solicita con antelación los certificados de funciones si has desempeñado puestos similares en otras administraciones, para que puedan ser baremados correctamente.
  4. Atención a los detalles: Un error en la cumplimentación del código del puesto o en la omisión de un documento puede suponer la exclusión. Revisa el CVE (BOCM-20260224-16) para confirmar que manejas la documentación oficial correcta.

Participar en estos procesos es la mejor forma de promocionar y buscar nuevos retos dentro de la administración madrileña. Si estás buscando tu primer acceso a la función pública o quieres prepararte para futuras oposiciones de este cuerpo, contar con una formación especializada es la clave del éxito.

¡Mucha suerte a todos los aspirantes! Para más información sobre convocatorias de empleo público y consejos de estudio, sigue visitando PreparaOposiciones.com.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede participar en este concurso de méritos?
Podrán participar los funcionarios de carrera que cumplan los requisitos de titulación y grupo especificados en la relación de puestos de trabajo para la vacante anunciada.
¿Cómo se valoran los méritos en esta convocatoria?
Se evaluarán aspectos como la experiencia profesional, la formación académica, los cursos de perfeccionamiento y la antigüedad en la administración pública.
¿Cuál es el plazo para presentar las solicitudes?
El plazo suele ser de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOCM, salvo que la orden especifique un periodo distinto.

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