Ley 40/2015 para oposiciones: administración electrónica, convenios y AGE (Tema 11)
Resumen de la Ley 40/2015 para oposiciones (Tema 11 de Auxiliar Administrativo del Estado): administración electrónica, convenios, relaciones entre Administraciones y organización de la AGE.
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En esta página
- Funcionamiento electrónico del sector público (artículos 38 a 46)
- Relaciones interadministrativas (artículos 140 a 158)
- Los convenios (artículos 47 a 53)
- La Administración General del Estado (artículos 54 a 80)
- Artículos trampa del Tema 11
- Estrategia de estudio para el Tema 11
- Recursos para preparar el Tema 11
- Empieza por el test gratis de Auxiliar Administrativo del Estado para detectar qué bloque necesitas repasar. Si quieres continuar con material estructurado, revisa el temario PDF y los packs disponibles, donde se detallan el contenido, el precio y la duración de cada opción activa.
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Esta segunda parte de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, reúne funcionamiento electrónico, convenios, organización de la AGE y relaciones interadministrativas. En Auxiliar Administrativo del Estado corresponde al Tema 11. La guía principal del clúster es el resumen de principios, órganos, potestad sancionadora y responsabilidad, que incluye el mapa completo de contenidos. Verifica cualquier reforma en el texto consolidado del BOE.
Funcionamiento electrónico del sector público (artículos 38 a 46)
La Ley 40/2015 regula el funcionamiento electrónico del sector público en el capítulo V del título preliminar (artículos 38 a 46 bis).
Sede electrónica (artículo 38)
La sede electrónica es la dirección electrónica, disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones, cuya titularidad corresponde a una Administración Pública, a un órgano administrativo o a una entidad de Derecho Público. Su creación debe publicarse en el diario oficial correspondiente.
Lo más importante que debes retener para el examen:
- La titularidad corresponde a una Administración Pública o a uno o varios organismos públicos o entidades de Derecho Público. El titular es responsable de la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios accesibles desde ella.
- Debe garantizar la identificación del órgano titular, mediante certificado reconocido de autenticación de sitio web o medio equivalente.
- Debe ofrecer medios para formular sugerencias y quejas y disponer de sistemas que permitan comunicaciones seguras cuando sean necesarias.
Portal de internet (artículo 39)
El portal de internet es el punto de acceso electrónico cuya titularidad también corresponde a una Administración Pública, organismo público o entidad de Derecho Público. A primera vista parece lo mismo que la sede, pero la diferencia es fundamental:
- En la sede, el artículo 38 atribuye al titular responsabilidad sobre la integridad, veracidad y actualización de la información y los servicios accesibles.
- El portal de internet es el punto de acceso que permite consultar la información publicada y, en su caso, llegar a la sede electrónica correspondiente.
Esta distinción es una pregunta trampa clásica. Recuerda: sede = responsabilidad plena del titular; portal = punto de acceso sin esas garantías completas.
Sistemas de identificación de las Administraciones Públicas (artículo 40)
El artículo 40 permite que las Administraciones se identifiquen mediante sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado. La relación de sellos utilizados debe ser pública y accesible por medios electrónicos. El código seguro de verificación (CSV) aparece en el artículo 42 como uno de los sistemas de firma que puede utilizarse en la actuación administrativa automatizada.
Actuación administrativa automatizada y firma electrónica (artículos 41 y 42)
La actuación administrativa automatizada es aquella producida por un sistema de información sin intervención directa de un empleado público. Para estas actuaciones, la ley establece dos sistemas de firma:
- Sello electrónico de la entidad de Derecho Público, órgano o Administración Pública.
- Código seguro de verificación vinculado a la Administración Pública actuante.
En ambos casos, debe publicarse en la sede electrónica el órgano responsable de la definición de las especificaciones, la programación, el mantenimiento, la supervisión y el control de calidad del sistema.
Archivo electrónico de documentos (artículo 46)
Cada Administración Pública debe mantener un archivo electrónico único de los documentos que correspondan a procedimientos finalizados. La conservación se realiza en un formato que permita garantizar:
- La integridad del documento.
- La autenticidad (que es quien dice ser).
- La accesibilidad (que se pueda consultar).
- La trazabilidad (que se pueda rastrear su historial).
- La conservación de los metadatos mínimos obligatorios asociados al documento.
Los medios o soportes en los que se almacenen los documentos deberán contar con medidas de seguridad que garanticen la integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación de los documentos.
Intercambio electrónico de datos entre Administraciones (artículos 44 y 45)
Dos ideas clave para el examen:
- El Esquema Nacional de Interoperabilidad (regulado por el Real Decreto 4/2010 y actualizado por el RD 311/2022) establece las normas técnicas para que los sistemas de información de las distintas Administraciones se entiendan entre sí.
- Las Administraciones no pueden exigir al ciudadano que aporte documentos que ya obren en poder de otra Administración (artículo 155 de la Ley 40/2015 y artículo 28 de la Ley 39/2015). Si necesitan un dato, deben obtenerlo mediante transmisión electrónica entre ellas.
Relaciones interadministrativas (artículos 140 a 158)
España tiene miles de Administraciones Públicas: la AGE, 17 Comunidades Autónomas, 2 Ciudades Autónomas, más de 8.000 municipios, diputaciones, cabildos... La Ley 40/2015 regula cómo se relacionan entre ellas para evitar solapamientos, conflictos y duplicidades.
Principios de relación (artículo 140)
Las relaciones interadministrativas se rigen por tres principios que debes distinguir con claridad:
- Lealtad institucional: deber de respetar el ejercicio legítimo de las competencias ajenas, ponderar la totalidad de los intereses públicos implicados y facilitar información.
- Colaboración: las Administraciones deben prestarse asistencia y auxilio mutuos.
- Cooperación: actuación conjunta y voluntaria para el ejercicio de competencias propias.
- Coordinación: un ente con competencia puede fijar criterios de actuación a otros. Limita la autonomía de los entes coordinados.
La distinción entre cooperación (voluntaria) y coordinación (puede ser impuesta por un ente superior) es una de las preguntas más repetidas en los exámenes de Auxiliar Administrativo.
Deber de colaboración (artículo 141)
El deber de colaboración incluye obligaciones concretas:
- Respetar el ejercicio legítimo de competencias ajenas.
- Ponderar los intereses públicos implicados.
- Facilitar información que precisen otras Administraciones para el ejercicio de sus competencias.
- Prestar asistencia activa que las otras Administraciones puedan recabar.
Solo puede negarse la colaboración cuando el ente no esté facultado para prestarla, cuando no disponga de medios para ello, cuando cause un perjuicio grave a sus propios intereses o cuando la información solicitada tenga carácter confidencial.
Técnicas de cooperación (artículos 142 a 154)
La ley regula varios órganos e instrumentos de cooperación:
- Conferencias Sectoriales (artículo 147): son los principales órganos de cooperación multilateral. Se componen del Ministro competente y los Consejeros de todas las Comunidades Autónomas. Pueden adoptar acuerdos o recomendaciones.
- Comisiones Bilaterales de Cooperación (artículo 153): órganos de cooperación entre el Gobierno y una sola Comunidad Autónoma. Son el cauce para tratar asuntos que afecten en exclusiva a la relación entre la AGE y esa comunidad.
- Comisiones Territoriales de Coordinación (artículo 154): integran a los órganos de la AGE y a los de las CCAA y Entidades Locales cuando la proximidad territorial o la concurrencia de funciones lo requieran.
- Planes y programas conjuntos: instrumentos para la actuación coordinada de varias Administraciones.
Clave para el test: Conferencias Sectoriales = multilateral (todas las CCAA). Comisiones Bilaterales = bilateral (una sola CCAA).
Los convenios (artículos 47 a 53)
Los convenios son acuerdos con efectos jurídicos entre dos o más sujetos. La Ley 40/2015 les dedica un capítulo completo porque quiere dar transparencia y orden a una práctica muy extendida.
Concepto y tipos (artículo 47)
El artículo 47 define cuatro tipos de convenios:
a) Convenios entre Administraciones Públicas (interadministrativos). b) Convenios entre organismos públicos y universidades vinculados al mismo sector público (intraadministrativos). c) Convenios entre una Administración Pública y un sujeto de Derecho privado. d) Convenios entre una Comunidad Autónoma y una Entidad Local.
Los convenios no pueden suponer cesión de titularidad de la competencia ni de los elementos esenciales de su ejercicio. Esto es un límite fundamental: un convenio no sirve para transferir competencias, solo para colaborar en su ejercicio.
Contenido mínimo (artículo 49)
Todo convenio debe incluir como mínimo:
- Los sujetos que lo suscriben y la competencia en la que se fundamenta la actuación de cada parte.
- El objeto del convenio y las obligaciones de cada parte.
- Las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento.
- Los mecanismos de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución.
- El régimen de modificación del convenio.
- El plazo de vigencia: máximo 4 años, prorrogable por unanimidad de las partes por un período de hasta 4 años adicionales.
El plazo de 4+4 es uno de los datos más preguntados. No lo confundas: no son 5 años, ni son prorrogables de forma indefinida. La prórroga requiere unanimidad.
Registro electrónico y publicidad
Los convenios deben inscribirse en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación, así como publicarse en el BOE o en el diario oficial correspondiente.
Extinción de los convenios (artículo 51)
Los convenios se extinguen por:
- Cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto.
- Incumplimiento de las obligaciones por alguna de las partes.
- Denuncia por cualquiera de las partes, con un preaviso mínimo de 6 meses, salvo que el convenio establezca un plazo distinto.
- Acuerdo unánime de todos los firmantes.
- Por cualquier otra causa prevista en el propio convenio o en las leyes.
La Administración General del Estado (artículos 54 a 80)
Este es el bloque que más directamente te afecta como futuro Auxiliar Administrativo: la AGE es tu empleador. La Ley 40/2015, junto con la Ley 50/1997 del Gobierno, regula su estructura.
Organización central
La AGE se organiza en dos niveles jerárquicos dentro de la organización central:
Órganos superiores
| Órgano | Función principal |
|---|---|
| Ministros | Cabeza de cada Ministerio. Miembros del Gobierno. Fijan los objetivos del departamento |
| Secretarios de Estado | Dirigen y coordinan sectores de actividad del Ministerio bajo la dirección del Ministro |
Órganos directivos
| Órgano | Función principal |
|---|---|
| Subsecretarios | Representación ordinaria del Ministerio, jefatura superior de personal, dirección de servicios comunes |
| Secretarios Generales | Cuando existan, tienen rango de Subsecretario. Gestionan sectores de actividad específicos |
| Secretarios Generales Técnicos | Servicios técnicos del Ministerio (asesoramiento jurídico, publicaciones, coordinación legislativa) |
| Directores Generales | Gestión de una o varias áreas funcionalmente homogéneas |
| Subdirectores Generales | Unidad administrativa básica. Nivel inferior a Director General |
Los órganos superiores (Ministros y Secretarios de Estado) son nombrados por el Gobierno. Los órganos directivos son nombrados por Real Decreto del Consejo de Ministros (Subsecretarios, Secretarios Generales, Secretarios Generales Técnicos) o por Orden ministerial (Directores Generales, Subdirectores Generales).
Organización periférica (artículos 69 a 80)
La AGE necesita estar presente en todo el territorio nacional, no solo en Madrid. Para ello cuenta con dos niveles:
-
Delegaciones del Gobierno (artículo 69): hay una en cada Comunidad Autónoma. El Delegado del Gobierno tiene rango de Subsecretario (no de Secretario de Estado, que es un error frecuente en los test). Funciones principales:
- Representar al Gobierno en la Comunidad Autónoma.
- Dirigir y supervisar la AGE en ese territorio.
- Coordinar la actuación de la AGE con la Administración autonómica y local.
-
Subdelegaciones del Gobierno (artículo 74): hay una en cada provincia. El Subdelegado del Gobierno dirige los servicios de la AGE en la provincia bajo la supervisión del Delegado. En las Comunidades Autónomas uniprovinciales, no existe Subdelegado: el Delegado del Gobierno asume directamente ambas funciones.
Sector público institucional estatal (artículos 84 y siguientes)
Además de la organización central y periférica, la AGE cuenta con un amplio sector público institucional:
- Organismos autónomos: realizan actividades de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos (ejemplo: SEPE).
- Entidades públicas empresariales: realizan actividades prestacionales, de gestión de servicios o de producción de bienes de interés público (ejemplo: ADIF).
- Autoridades administrativas independientes: regulan y supervisan sectores económicos o actividades determinadas con independencia del Gobierno (ejemplo: CNMC, Banco de España).
- Sociedades mercantiles estatales: el Estado posee participación mayoritaria en su capital social.
- Fundaciones del sector público: aquellas en las que la aportación pública sea mayoritaria.
Artículos trampa del Tema 11
Los examinadores repiten ciertos errores diseñados para confundirte. Tenlos presentes:
- Convenios: máximo 4 años + 4 de prórroga (nunca 5+5 ni duración indefinida). La prórroga requiere unanimidad.
- Sede electrónica no es lo mismo que portal de internet: la sede tiene responsabilidad plena del titular; el portal es un punto de acceso sin esas garantías completas.
- Delegado del Gobierno: rango de Subsecretario, no de Secretario de Estado. Este es uno de los datos más preguntados del temario.
- Conferencias Sectoriales son multilaterales (todas las CCAA), mientras que las Comisiones Bilaterales son de una sola CCAA.
- Coordinación limita la autonomía (puede ser impuesta); cooperación es voluntaria (requiere consentimiento).
- En CCAA uniprovinciales no hay Subdelegado: el Delegado asume las funciones de ambos.
Estrategia de estudio para el Tema 11
Este tema tiene mucho contenido, pero se presta bien a la organización visual:
- Dibuja el organigrama de la AGE desde el Ministro hasta el Subdirector General, incluyendo la organización periférica. Cuélgalo en la pared y repásalo cada día.
- Elabora una tabla comparativa entre sede electrónica y portal de internet con los criterios: responsabilidad, garantías, identificación, efectos jurídicos.
- Memoriza el esquema de los convenios: tipos (a, b, c, d), contenido mínimo (artículo 49), duración máxima ordinaria y posible prórroga (4+4), y causas de extinción (artículo 51).
- Diferencia bien cooperación y coordinación: una es voluntaria y la otra impuesta. Pregúntate siempre: ¿quién tiene la última palabra?
- Conecta este tema con el Tema 10 (primera parte de la Ley 40/2015) y con el Tema 17 (administración electrónica en detalle) para tener una visión completa.
Recursos para preparar el Tema 11
Si quieres seguir trabajando este tema con materiales complementarios, aquí tienes varios recursos gratuitos:
- Test gratuito de la Ley 40/2015 — preguntas tipo examen con corrección automática.
- Test de Régimen Jurídico — centrado en la organización administrativa.
- Esquema de la Ley 40/2015 — mapa visual de toda la ley.
- Flashcards de la Ley 40/2015 — repasa los datos clave en formato pregunta-respuesta.
- Guía completa: Oposiciones Auxiliar Administrativo del Estado — toda la información sobre la convocatoria, el temario y la preparación.
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