Test Contratos Sector Público (LCSP 9/2017): 200 Preguntas
Test gratuito sobre la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público. Tipos de contratos, procedimientos de adjudicación, garantías, modificaciones y recurso especial.
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En qué consiste esta materia y cómo entra en el examen
La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público (LCSP) regula la preparación, adjudicación, efectos y extinción de los contratos públicos: tipos de contrato, procedimientos de adjudicación, criterios, publicidad y los principios de igualdad, transparencia y libre concurrencia. Aparece en oposiciones de gestión y administración. El examen pregunta los tipos de contrato, los procedimientos de adjudicación y los umbrales de la regulación armonizada.
Normativa rastreada en este test
Artículos y preceptos que más aparecen en las explicaciones
Analizamos las explicaciones del banco para detectar qué artículos se repiten. Úsalo como mapa de repaso: si fallas varias preguntas de una misma referencia, vuelve al precepto antes de repetir el test.
art. 63
3 explicaciónes
Art. 108.1.c
2 explicaciónes
Art. 145.2
2 explicaciónes
art. 166
2 explicaciónes
art. 172
2 explicaciónes
art. 177
2 explicaciónes
art. 190
2 explicaciónes
Art. 206.1 de la Ley 9/2017
2 explicaciónes
Preparando preguntas...
Preguntas de ejemplo del test de Contratos Sector Público (LCSP 9/2017): 200 Preguntas
Preguntas de ejemplo del test de Contratos Sector Público (LCSP 9/2017): 200 Preguntas
A continuación se muestran 5 preguntas de ejemplo de las 200 disponibles en este test. Pulsa “Comenzar test” arriba para responderlas de forma interactiva.
1¿Dónde deben publicarse las modificaciones de los contratos del sector público según la LCSP?
- A) En el perfil de contratante del órgano de contratación
- B) En el Boletín Oficial del Estado exclusivamente
- C) En el Diario Oficial de la Unión Europea en todos los casos
- D) En el tablón de edictos del Ayuntamiento correspondiente
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Art. 207 LCSP: Las modificaciones contractuales deben publicarse en el perfil de contratante (art. 63 LCSP). El perfil de contratante es el medio principal de publicidad de la actividad contractual de los órganos de contratación, garantizando los principios de transparencia y publicidad (art. 132 LCSP). Además, cuando la modificación supere determinados umbrales, deberá publicarse también en el DOUE o en los boletines oficiales correspondientes.
2Según el art. 61 de la LCSP, ¿quién ostenta la condición de órgano de contratación?
- A) El órgano que tenga atribuida la competencia para celebrar contratos en nombre de la entidad
- B) La Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado
- C) El responsable del contrato designado en los pliegos
- D) La mesa de contratación que evalúa las ofertas
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Art. 61.1 LCSP: Los órganos de contratación son aquellos que, en virtud de norma legal o reglamentaria o disposición estatutaria, tienen atribuida la facultad de celebrar contratos en su nombre. Es importante no confundir el órgano de contratación con otros órganos como la mesa de contratación (art. 326 LCSP), que es un órgano de asistencia técnica, o el responsable del contrato (art. 62 LCSP), que supervisa la ejecución.
3¿Qué recurso cabe contra las resoluciones del tribunal de recursos contractuales?
- A) Recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción competente
- B) Recurso de alzada ante el superior jerárquico
- C) Recurso de reposición potestativo
- D) No cabe recurso alguno, son firmes
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Art. 59 LCSP: Las resoluciones del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales agotan la vía administrativa y son directamente recurribles ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo. El artículo 59 de la LCSP establece este régimen de impugnación, que permite al interesado disconforme con la resolución del tribunal acceder a la tutela judicial efectiva ante los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo.
4Según la LCSP, ¿dónde debe publicarse la celebración de todo acuerdo marco?
- A) En el BOE o en los Diarios Oficiales autonómicos o provinciales en un plazo no superior a 48 días, además de en el perfil de contratante
- B) Exclusivamente en el perfil de contratante del órgano de contratación, en un plazo no superior a 48 días
- C) En el Diario Oficial de la Unión Europea en un plazo no superior a 54 días, además de en el perfil de contratante
- D) No es obligatoria su publicación si el órgano de contratación lo justifica debidamente en el expediente
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Art. 220.3 LCSP: La celebración de acuerdos marco deberá publicarse en el BOE o en los respectivos Diarios Oficiales de las Comunidades Autónomas o de las Provincias, en un plazo no superior a 48 días desde su formalización, además de en el perfil de contratante. Cuando el acuerdo marco esté sujeto a regulación armonizada, también se publicará en el DOUE (art. 154 LCSP). Los distractores juegan con plazos y medios de publicación que no se corresponden con lo dispuesto en la ley.
5En relación con el seguro de caución como forma de garantía definitiva en la LCSP, señale la afirmación correcta:
- A) Debe constituirse a primer requerimiento y cubrir el importe total de la garantía definitiva
- B) Puede constituirse por un importe inferior al de la garantía si el órgano de contratación lo autoriza
- C) Solo se admite como garantía provisional, no como definitiva
- D) Requiere ser emitido exclusivamente por entidades bancarias
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Art. 108.1.c) y 110 LCSP: El seguro de caución es una de las cuatro formas admitidas para constituir la garantía definitiva (junto con depósito en efectivo, aval bancario y valores de deuda pública). El art. 108.1.c) exige que se constituya a primer requerimiento, y el art. 110.1 establece que la garantía definitiva será del 5% del precio final ofertado (excluido IVA). El seguro de caución puede ser emitido por compañías aseguradoras autorizadas, no necesariamente entidades bancarias (a diferencia del aval).
Errores frecuentes que cuestan puntos
- Confundir los tipos de contrato (obras, suministros, servicios, concesión de obras y concesión de servicios) y sus regímenes jurídicos.
- Mezclar los procedimientos de adjudicación (abierto, restringido, negociado, diálogo competitivo) y cuándo procede cada uno.
- Olvidar la diferencia entre contratos sujetos a regulación armonizada (SARA) y no sujetos, según los umbrales económicos.
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Esquema: Contratación Pública
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